jueves, septiembre 01, 2011

Si en un determinado momento hubiera un cártel de editores

Si en un determinado momento hubiera un cártel de editores
o de los pepinos, los libros y la suprema corte...


Lo que sigue son fragmentos de las versiones taquigráficas de las sesiones del pleno de la suprema corte de justicia de la nación.
1, 2, 3, 4.]


Esto está tomado literalmente según se me informa de algo que se llama Wikipedia.

Que el fomento de la producción de los pepinos, por ejemplo, es una forma de fincar la salud de los mexicanos, porque tiene tal cúmulo de vitaminas, que es convenientísimo para la salud de los mexicanos.

El ejemplo de los pepinos era muy buen ejemplo.

Invocar el innegable valor cultural que tiene la cucurbitácea llamada “pepino”, una planta que desde luego determina la idiosincrasia de algunos pueblos que se dedican preponderantemente a su cultivo, era tan remoto por su innegable valor cultural.

El Ministro hasta donde yo sé no es agricultor y ayer nos hablaba de pepinos.

Me parece que venir a hablar de pepinos cuando estamos hablando de un mercado de libros, eso sí me parece digresiones.

Recordemos hace poco, se cierra en una frontera de Estados Unidos, atribuyéndole al pepino ser transportador de algún bicho.

A mí me parecería muy exagerado invocar al pepino y su influencia cultural en las regiones que viven y aprecian de eso como un valor cultural a considerar en atención al artículo 4°.

Don Gabriel Zaid, no lo sé, no es abogado, es editorialista –creo– no conozco la biografía de él.

Don Gabriel Zaid, un ingeniero mecánico administrador egresado del Tecnológico de Monterrey ––por cierto, por más respetable que
sea–– pienso que sus juicios jurídicos merecen un análisis más profundo.

Lo que traté de hacer, simple y sencillamente, es encontrar una descripción del mercado del libro, para no venir a contar aquí mis propias y personales experiencias, eso es todo para lo que a mí me sirvió del artículo de Gabriel Zaid,

Don Gabriel Said [sic].

Entonces, de verdad yo no ligo el tema precio único del libro con el impulso a la lectura, me cuesta mucho trabajo.

Yo digo que si vamos a impulsar la lectura impidiendo que los libros se vendan más baratos, no me casa[sic] en lógica de sentido común.

¿A qué nos lleva, hay mejor distribución de medicinas porque haya el precio máximo? No, es una garantía social de que el costo de la medicina guarde correspondencia con los gastos de investigación y de producción.

Añado, por computadora, por el IPad, por los lectores de libros electrónicos, uno puede bajar libros de cualquier parte del mundo, que no están sujetos a la ley de precios mexicana, y que con este motivo puede desalentar la industria nacional en la medida en que, quienes tenemos acceso a este tipo de adquisiciones, vayamos adquiriendo la preferencia por comprar los libros electrónicos, que además tienen la ventaja de que uno puede imprimirlos para los que gustan de sentir en las manos el papel y el olor a la tinta, no está reñido el libro electrónico con esta sensación.

Una primera pregunta es -así se implementó la reforma para el precio único de venta de los libros- ¿qué pasa si no cumple?

La ley es imperfecta, no hay una sanción y si no hay una sanción, nadie está obligado a la fijación de un precio de esta naturaleza,

Entonces, de alguna manera creo que el fomentar el precio único sí atenta contra la sana competencia y la libre concurrencia que son parte de nuestro sistema económico, o bueno, si ya vamos a cambiar el sistema económico, sí estaría en esa tesitura.

Lo que se pretende es que de todas maneras la ley de la oferta y la demanda aun en artículos de precio controlado como son estos, tengan la posibilidades de tener ¿qué? pues posibilidades de oferta y demanda, de descuentos

Si se estima que son de este tipo de productos, se viola el tercer párrafo del 28 constitucional porque entonces no tendría que fijarlo el particular sino tiene que fijarlo la autoridad, y nunca a precio único sino a precio máximo.

No quiero dar nombres de autores para no entrar en problemas.

Porque evidentemente no se está impidiendo que vendan los libros, pero se les están limitando sus facultades para que en un momento dado puedan obtener las ganancias lícitas que como vendedores o compradores pueden llegar a tener;

El mercado de libros no es un mercado perfecto, tiene restricciones muy importantes y condiciones monopólicas tanto por el autor como por el editor, y ahora lo voy a tratar de demostrar, primero.

Los editores pueden abusar de su monopolio de una manera sutil, con precios supuestamente rebajados en algunos puntos de venta,

Tienen que vender más caro para sacar sus gastos, ahí está el secreto de las grandes rebajas, no se trata de que los favoritos vendan más barato, sino que los otros vendan más caro, éste me parece el punto central del argumento.

Yo creo que confunde y no entiende lo que es un monopolio y lo confunde con un contrato atípico –hay muchos– que tienen como característica fundamental, la exclusividad y la exclusividad no significa monopolio

¿Qué no existe la posibilidad de dedicarse a la edición para cualquiera? ¿Qué no existe la posibilidad de que cualquier editor contrate con cualquier autor?

Qué impide que el editor, qué impide que el importador, comerciantes al fin, señalen un precio alto si lo van a hacer libremente

En nuestra fenomenología de educación actual en donde por desgracia persiste el analfabetismo y no existe la costumbre de leer

Los comerciantes también tienen derechos constitucionalmente garantizados.

¿Cuántas veces hemos visto ya, en lo personal, que hay librerías pequeñas que empiezan a desaparecer?

La Constitución permite al legislador dar bases para que se establezcan precios máximos, no precios mínimos, no precios únicos, más aún, yo no conozco en México ningún artículo sujeto a precio único.

Recordaba cuando oí invocaciones estadísticas del número de librerías que existen fuera de la ciudad de México, algo que se atribuye a Mark Twain, él decía: “Si tú tienes dos caballos y yo
ninguno, tenemos un caballo per cápita, pero yo sigo de peatón”, ésa es la estadística.

El hecho concreto de que se está privilegiando no la posición de los vendedores de los libros –o de ciertos vendedores de los libros sino la construcción de una red cultural.

¿Si en un determinado momento hubiera un cártel de editores, si éstos fijaran precios accesibles, esto es un problema de la PROFECO?

Yo creo que la libertad constitucional para ejercer una determinada actividad económica –en el caso, el comercio– no puede ser equiparada a la posibilidad de que al particular o a una empresa se le garantice rentabilidad financiera óptima.

No veo que esto pueda fomentarse cuando lo que se prohíbe es que se hagan descuentos

No veo qué tiene que ver el establecimiento de un precio único al libro con una afectación a la libertad de comercio.

Por mejores que hayan sido las intenciones, las que yo de veras aplaudo y anhelo que se den, esta ley no puede cumplir, bajo esta estructura con esa función.

El Código Civil Federal, que dice, es el artículo 2254: “El señalamiento del precio no puede dejarse al arbitrio de uno de los contratantes”.

No nos toca a nosotros, como jueces constitucionales, establecer si es mejor el precio único o es mejor la libertad de mercado.

No podemos renunciar en forma alguna a la razonabilidad como
puente para llegar a la constitucionalidad.

Hay una bella intención envuelta en los fundamentos de la bruma, pero en nada que se pueda anclar racionalmente.

Encuentro una descripción adecuada de cómo funciona un mercado de libros y por qué creo que hay una condición, como él la denomina, primero no creo que él estuviera haciendo una alusión jurídica, y en segundo lugar la propia Constitución determina la condición de los autores como no monopólica, ese es todo el efecto.

El precio único, efectivamente, puede tener un impacto en la capacidad de determinados distribuidores o vendedores para aplicar políticas de descuentos, etcétera, pero esto no quiere decir que se restrinja indebidamente la actividad de venta, esto es, la libertad de comercio.

Un libro tiene el mismo precio de venta al público en todo el territorio nacional, este precio es fijado libremente por el editor, lo cual lo aleja radicalmente de cualquier noción de precio controlado.

Entonces si se piensa que se puede estorbar la esencia del comercio diciendo que se permite el mismo y que esto no viola Constitución, me rindo.

Sí hay una diferencia, unos fijan el precio y otros venden al precio fijado.

No es lo relevante de la ley la fijación de un precio, es la fijación de las condiciones para estructurar un mercado de libro.

La justificación utilizada por el Legislador en su iniciativa, es incentivar la lectura, si esto es así, también debería restringirse al editor y al importador con un quantum de su utilidad, y esto no sucede, al contrario, se le da libertad de utilidad, se le excluye de la afectación.

A mí me parece que el establecimiento de un precio único no puede generar la desigualdad que se alega, simple y sencillamente porque los sujetos no están ubicados en un plano de igualdad.

Dos empresas que se dedican a vender libros al público en general dicen: La ley es inconstitucional porque me impide ofrecer descuentos a mis clientes, a mis consumidores.

La intención de la ley que fue plausible a ojos vistas, cree que este método va a lograr, en primer lugar un precio barato, y en segundo
lugar que a través de este precio barato que fije el importador o el editor, se acceda en forma masiva a la lectura.

¿Es inconstitucional el trato que se le da a los editores? Evidentemente no.

¿Es inconstitucional el trato que se les da a los vendedores de libros? Me parece que no, ¿por qué? Porque ese trato diferenciado que se le da a los vendedores de libros, es un trato que está constitucionalmente articulado.

Todos los individuos que intervienen en la cadena deben de pagar el rango de restricción a que se hacen acreedores, si no, la ley es desigual.

Donde iba a comprar un libro y el librero me daba razón e informe de su contenido, de su precio, me decía que lo meditara en función de la argumentación del libro, o de la trama del libro y que cuando estuviera seguro regresara a comprarlo, estos libreros ya no existen.

No señala con claridad y precisión la manera y los lineamientos bajo los cuales los editores e importadores fijarán libremente el precio de
venta al público, lo que la coloca en un completo estado de inseguridad por dejarle al gobernado y no a la autoridad el fijar dicho precio, restringiéndole con ello las ganancias derivadas de la operación de la venta del libro.

Cabe señalar que actualmente en nuestro país existen diversos productos, periódicos, revistas, medicamentos, etcétera,
que se rigen bajo este sistema de precio único; es decir, se venden al mismo precio en todos los puntos de venta, sin que ello afecte ni
el principio de legalidad ni el principio de seguridad jurídica ni tampoco afecte al libre mercado.

Todos los individuos que entran a la cadena hasta llegar al lector son sujetos diferentes, hasta las bibliotecas y los bibliotecarios que los propician, me imagino que en horarios cómodos y de buen modo, pero todos son diferentes.

Me acuerdo muy bien de un librero apreciadísimo por mí, en mi Guadalajara, que ya no existe, aquel, previo al tapatío “Un Millón”

Hago honor mediante este recuerdo a mi librero Casarrubias que no sé si viva, puede ser que no.

Si se toma en cuenta que un libro es un bien prescindible, dado que el lector de ningún modo se encuentra obligado a adquirirlo, pues en un momento dado puede tener acceso a él en las bibliotecas o incluso a través de algún préstamo de otro particular, sería atentatorio en contra de los propios editores o importadores el no fijar un precio razonable para la comercialización de su producto.

La fijación del precio único por parte de los editores o importadores desde el momento en que ofrecen su producción al mercado del libro, garantiza a todos los distribuidores y vendedores en el país el acceso al libro en las mismas condiciones sin concesiones diferenciadas.

Ediciones Hera México [sic].

No se debe perder de vista, que una de las características más importantes del mercado del libro, es el derecho de explotación exclusiva de un texto, que un editor tiene a través de los derechos de autor, así, tal disposición limita la competencia monopólica en el mercado editorial y evita la desaparición de títulos de más difícil rotación, asegurando la variedad de la oferta editorial.

Sobre esto debo argumentar lo siguiente: El precio único del libro, de acuerdo con la ley, lo determina el editor y si el editor dice este libro vale cien pesos se lo va a dar al distribuidor a setenta pesos, quiero simplemente ejemplificar, a setenta pesos entregado en la Ciudad de México y a ¿Cómo se lo va a dar al distribuidor de un pequeño pueblo? ¿Quién va a pagar el transporte de los libros, objetos culturales, de donde se producen al lugar donde se van a expender? El editor no lo va a pagar, para él su precio de venta mayorista son setenta pesos.

Se dice también que en los pequeños pueblos no hay librerías y que esto es porque no hay una buen política de precios en los libros, yo
no lo veo así, los tirajes de edición nacionales de libros culturales andan en un rango de mil quinientos a dos mil ejemplares, la Corte es editora y nuestros tirajes andan en esos rangos, un tiraje excepcional para obra cultural, serían tres mil libros, tenemos dos mil cuatrocientos cincuenta y seis Municipios, si mandamos un libro a cada Municipio ahí agotamos la edición.

Pero, sinceramente pienso que el libro no es un artículo, producto necesario para la economía nacional y menos para el consumo
popular, yo creo que es prescindible el libro; entonces, por eso no creo que esté el proyecto en contra de la literalidad de la
Constitución.

De tal suerte, que no podemos decir: El libro es algo ajeno a la cultura.

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